sábado, 23 de julio de 2022

EL DESCUARTIZADOR DEL RETIRO

Del descuartizador del Retiro se dijo en la prensa de 1987 que era «una inteligencia tan rica en matices como en podredumbre». Durante el juicio declaró no constarle haber hecho jamás ni una cosa inmoral en toda su vida, exculpando sus crímenes por la ambigüedad acerca de la existencia del alma humana. «Si a los hombres no se les puede aniquilar», razonó «tampoco se les puede verdaderamente matar, y el principio mismo de este juicio se fundamenta en un contrasentido».

    A pesar de lo cual se le declaró culpable de ocho cargos por homicidio doloso y uno más en grado de tentativa, ya que al fiscal jefe de Madrid se le ocurrió objetar su razonamiento diciendo que en España no se juzgaban los delitos en función de la gravedad del atentado que supusieran contra las almas de las individuos, sino en la medida en que suponían un atentado contra los derechos positivos fundamentales que gozaban y promocionaban los cuerpos por cuyo interés vela la constitución española y los diferentes tratados internacionales. «Porque aún en el supuesto de que a los hombres no se les pueda aniquilar, por lo menos sí se les puede condenar» afirmó.

    Se logró así desplazar del juicio (contra los intereses particulares del descuartizador) la discusión por la existencia de un alma inmortal, premisa que se volvería irrelevante ad hoc gracias a la sofocada insistencia del fiscal. De hecho, el fiscal concluyó su alegato rogando que se explicitara más abiertamente dicha irrelevancia en el artículo 15 de la constitución, introduciendo el anexo: «A fines de la legitimidad de esta constitución y de la convivencia entre los ciudadanos que acoge, el alma queda anulada o por lo menos pospuesta». 

    Su objetivo, que fue empero tachado de luciferino y dogmático por los sectores más conservadores de la audiencia, cuyo reproche legal fue la contradicción con el artículo 16, que recoge la libertad ideológica, religiosa y de culto, consistía únicamente en que ningún petulante individualista volviera a obligar a un profesional de la legalidad a filosofar sobre conceptos que no eran de su incumbencia. Si los legalistas comenzaban a poner en duda la materia básica, pragmática y racional de sus decisiones, en pos de discusiones puramente metafísicas, el fiscal creía que asistiríamos al debacle del Estado de derecho tal y como lo conocemos, pudiendo darse el caso de que un asesino demandase a la propia noción de Justicia, o de que un jorobado litigase contra la Belleza, en una pendiente resbaladiza ineludible. 

    «¿No es el derecho, por lo tanto y en términos meramente positivos, una necesaria y soberana formalización racional de la entelequia…?» concluyó el fiscal. Al día siguiente la prensa conservadora, mortalmente ofendida, abrió titulares de extrema beligerancia contra el fiscal encargado del caso, preguntándose: «¿QUIÉN ES EL VERDADERO DESCUARTIZADOR, EL HOMBRE QUE MATA O EL HOMBRE QUE ANIQUILA?».